miércoles, 25 de junio de 2014

SALIMOS DE GUATEMALA Y NOS METIMOS EN GUATEPEOR


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Urbanización Roche carta abierta a la Comunidad de Propietarios

Roche Residencial zona_deportivaEstimados  propietarios:
El año 2009 el actual Presidente de la Comunidad de Propietarios de la Urbanización Roche accedió al cargo apoyado por un movimiento vecinal, propiciado por la AAVV para la Defensa de Roche, que destituyó al anterior Presidente.El reclamo principal fue la propuesta de reclamación ante la Justicia de la propiedad para la Comunidad de Propietarios de los elementos comunes de la Urbanización: Centro Socio Cultural, Capilla, Centro deportivo – piscinas y sistema de depuración de aguas y emisario submarino, pistas de tenis, pista de frontón, campo de baloncesto; Club social, club juvenil y supermercado; Balneario; Picadero y cuadras anexas; Locales comerciales; Taller de reparaciones.
Una vez en el cargo, el Sr. Presidente inició el proceso de demanda en primera instancia reclamando los elementos comunes, en 2009,bajo el acuerdo de la Junta General con un presupuesto de coste de 150.000 €,  que culminó en la sentencia de 31/07/2012 del Juzgado n º 4 de Chiclana, en la que se rechazan todos los argumentos de la demanda presentada por el Presidente y se condena en costas a la Comunidad.
A pesar de ello, y en contra de la opinión de muchos comuneros y sin el acuerdo explícito de la Junta General de Propietarios, el Presidente presentó, en 2012, recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz, cuya Sección Quinta acaba de desestimarlo condenándonos de nuevo en costas, de las que más abajo os informamos.
Desde el principio, muchos propietarios no hemos compartido esa pretensión ni la asunción de sus costes a cuenta de nuestras cuotas. La propia asesoría jurídica de la comunidad, de la que prescindió de inmediato el Sr. Marina, se pronunció en contra. No se podía soslayar que desde 1964, las primeras empresas urbanizadoras, en las que se subrogaron Prorsa y Ursa, ya tenían registrados esos terrenos en el Registro de la Propiedad, por lo que considerábamos esta reclamación carente de fundamento y fuera del estricto cumplimiento de los  servicios que debe proveer la Comunidad a sus propietarios.
Defendíamos que esos elementos comunes debían ponerse en uso para propietarios, vecinos y residentes de la urbanización, ya fuera por las empresas Constructoras ya por decisión del Ayuntamiento de Conil, en cuyo Plan General se deja claro el carácter de dotaciones públicas de esos suelos, tal como acaba de determinar la Sentencia del pasado mes de junio. Entre otros perjuicios, durante estos cuatro años la casi totalidad de los denominadoselementos comunes han permanecido cerrados, carentes del uso dotacional público que les confiere el P.G.O.U. de Conil.
Consideramos que este proceso que ha durado casi cinco años solo ha sido posible por las sucesivas reelecciones del Sr. Marina basadas en Juntas irregulares,    sustentadas en una participación y votaciones al margen de lo establecido en la Ley de Propiedad Horizontal.
Por tal razón, la conducta del presidente en las Juntas Generales le ha llevado a una condena en firme por un ilícito penal de falta por coacciones y ha motivado la impugnación por parte de muchos propietarios de los acuerdos adoptados en las Juntas Generales de la Comunidad de 2012 y 2013 en los Juzgados.
Las costas  por los juicios de los elementos comunes suponen ya 320.000 €, a los que hay que sumar 70.000 € de honorarios pagados albufete Garrigues para la demanda en primera instancia, a los que habría que añadir los de segunda instancia y procuradores. El coste total puede elevarse hoy a un total de 500.000 €.
Un hipotético recurso ante el Tribunal Supremo podría ocasionarnos una condena en costas muy superior a las actuales cantidades, y nuevos honorarios para el bufete Garrigues, con muy escasa o nula probabilidad de éxito y otros cuatro años de total inactividad de los elementos comunes para el uso y destino que les corresponde.
Además, hay que abonar otros 100.000 € como consecuencia de las indemnizaciones por los dos despidos improcedentes de la administrativa y del administrador por parte del Presidente, sin la autorización de la Junta de Propietarios.
En Roche somos 1.450 propietarios que pagamos una cuota media anual de 1.000 €, resultando la aportación principal al presupuesto anual de 1.400.000 €.
Hemos tirado por la borda 600.000  € que suponen el 43% del presupuesto anual o el 11 % de cada año, si lo repartimos en los últimos 4 años.
Dicho de otra manera, 600 propietarios han abonado y tirado por la ventana su cuota anual de 1.000 € en beneficio de abogados e indemnizaciones por despidos improcedentes sin justificación alguna y sin que hayan cumplido su principal función: el sostenimiento y  mejora de la Urbanización, siendo evidente  su deterioro como así lo confirman propietarios y visitantes.
Conclusión:
1. Los elementos comunes no son de la Comunidad y permanecen sin uso público.
2. Esta obviedad nos ha costado, de momento, medio millón de € más 100.000 € por despidos no procedentes.
3. La distracción de esta cantidad ha deteriorado el estado y los servicios de la Comunidad.
Por todo ello, la Asociación de Vecinos y Propietarios de Roche considera que recurrir al Supremo por obcecación, aumentando esta sangría, es un disparate. Por el contrario, es el momento de iniciar una nueva etapa para sacar el mayor provecho de nuestros ingresos destinándolos a la mejora de nuestra urbanización, volver  a la vía de la negociación con las instituciones y poner fin a la vía pleitista que tantos perjuicios nos ha provocado: económicos, deterioro de la convivencia y cierre e inactividad de la mayor parte de los elementos comunes.

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