martes, 13 de septiembre de 2016

LAS MENTIRAS DE LA PRENSA FACHA,EL ABC

Piden dos años de cárcel para el ex adjunto al Defensor del pueblo por el falso desnudo de Teresa Rodríguez

La Fiscalía considera que los hechos que se atribuyen a Carlos del Barco constituyen un delito de revelación de secretos
JORGE MUÑOZ, SEVILLA |
La Fiscalía de Sevilla ha solicitado una condena de dos años de prisión para el ex adjunto al Defensor del Pueblo andaluz Carlos del Barco, al que atribuye un delito de revelación de secreto cometido por funcionario público, en relación con la supuesta filtración de la identidad de la persona cuya fotografía desnuda en una playa se atribuyó erróneamente a la secretaria general de Podemos en Andalucía, Teresa Rodríguez.
Fuentes del Ministerio Público han confirmado que además de los dos años de cárcel, se ha solicitado su suspensión para empleo o cargo público durante 15 meses y el pago de una multa de 36.000 euros. La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito del artículo 417 del Código Penal, que castiga a la “autoridad o funcionario público que revelare secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o cargo y que no deban ser divulgados”, y le ha aplicado el apartado 2 de este artículo, prevé penas de prisión cuando se revelan secretos de un particular.
En marzo pasado, el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) Miguel Pasquau decidió procesar al entonces adjunto al Defensor del Pueblo andaluz Carlos del Barco, al estimar que los hechos denunciados comportan “un acceso legítimo a datos personales por parte de un cargo o autoridad en el ejercicio de sus funciones y una indebida cesión de los mismos, así como de un acto concreto de un expediente administrativo reservado a una tercera persona”. 
El instructor apuntaba que la finalidad de esa cesión “es hacer posible lo que sin ella no lo sería: un contacto entre el tercero (que es subdirector de un periódico de amplia difusión) y la persona cuyos datos se han cedido (una persona afectada por un asunto que afectaba a su intimidad y a su propia imagen que en aquel momento había alcanzado una especial relevancia pública, marcada más por la curiosidad que por su interés para la opinión pública)”.
Así, explicaba que ciertamente sin la filtración de la solicitud del expediente de la mujer de la fotografía en la que consta el motivo de la queja y el “correo electrónico de la interesada, no habría podido el periodista dirigirse personalmente a ella” para ofrecerle hacer alguna denuncia o testimonio.
El magistrado aclaraba que si con esta conducta el ex adjunto al defensor tuvo la intención de ofrecer “a su amigo periodista una ventaja informativa, o como manifestó en su declaración, sólo consistiese en abrir a la interesada una vía de solución para su problema, es circunstancia que a juicio del instructor puede afectar a la gravedad de su conducta, pero no a la apreciación del dolo”.
El auto señala que para el delito tipificado en el artículo 417 del Código Penal el dolo o intenciónexiste “en la conciencia de estar revelando informaciones ‘que no deban ser divulgadas’, como obviamente ocurre con los datos personales de un expediente administrativo”. 
El instructor destacó, no obstante, que “lejos de ofrecer esa vía alternativa de solución de su problema a la interesada, ofreciéndole el contacto con un medio de comunicación, lo que hizo el investigado fue facilitar el contacto a un periodista amigo, subdirector de un medio de comunicación concreto”.
En el auto, el magistrado considera que los hechos podrían ser constitutivos de un delito del artículo 417 del Código Penal, “por concurrir los presupuestos subjetivos (autoridad o funcionario público) y objetivos (revelación de informaciones a las que se ha accedido ilícitamente en el ejercicio del cargo, y que no deban ser divulgadas”.
El juez de Instrucción número 9 de Sevilla, Juan Jesús García Vélez, elevó en diciembre de 2015 una exposición razonada al TSJA, al apreciar una posible revelación de secretos en la actuación de Carlos del Barco. 

Los hechos se remontan a la campaña electoral de las elecciones andaluzas de marzo de 2015, cuando se difundió la foto de la joven desnuda, vinculándola a la de la candidata por Podemos, Teresa Rodríguez, quien negó que el retrato fuese suyo. 
La fotografía se difundió rápidamente por las redes sociales y a través del programa de mensajería Whatsapp, y la joven a la que correspondía la imagen presentó una denuncia ante el Defensor por vulneración de su derecho a la intimidad. Un día después, el periódico Abc contactó con la mujer ofreciéndole una entrevista. La denunciante rechazó la entrevista y se quejó ante el Defensor, que abrió una investigación interna.

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